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Montevideo, 22 de Febrero de 2012
Otros Servicios Consulares
LEGALIZACIONES
TIEMPO DE ENTREGA: 24 horas, luego de la cancelación del pago correspondiente en
el banco BANDES URUGUAY. Procedimiento para dar fe de la calidad de la firma de
un documento legal expedido por alguna autoridad del país, no se extiende ni a
la forma, ni al fondo o contenido del documento. Se rige por los ordinales
fijados por el Art. 54 y 55 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior. Art. 54 y
55 de la Ley Orgánica del Servicio Consular
Requisitos
• El documento debe ser previamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones
Exteriores de Uruguay.
Para legalizar una Certificación de Deuda, ésta deberá contener los siguientes
datos:
• Identificación del acreedor externo
• Identificación del deudor
• Monto de la deuda en moneda extranjera
• Objeto de la obligación
• Número de la factura
• Identificación fiscal de las empresas: acreedora(RUC) y deudora (ID Tax o RIF)
ACTUACIONES NOTARIALES Y DE REGISTRO CIVIL
PARTIDAS DE NACIMIENTO
Los Consulados y Secciones Consulares en el exterior pueden ejercer funciones
notariales y expedir partidas de nacimiento. Las copias certificadas de las
Partidas de Nacimiento se envían al MRE en Venezuela para su posterior
tramitación ante las autoridades respectivas. Cada partida es revisada por la
Dirección de Consulados Nacionales a fin de poder determinar su autenticidad y
correcta elaboración.
TIEMPO DE TRÁMITE: 72 HORAS
Requisitos
• Documento de nacimiento o certificado de nacido vivo, otorgado por clínica u
hospital
• Dos (2) Partidas de nacimiento del niño legalizadas ante el Ministerio de
Relaciones Exteriores de Uruguay
• Partida de matrimonio de los padres
• Documentos que acrediten la nacionalidad del padre venezolano -Partida de
nacimiento, C.I. y pasaporte-
• C.I. del padre extranjero
• 2 testigos
• Planilla de Censo
AUTORIZACIONES DE VIAJE PARA MENORES
Ley Orgánica de Protección del niño y del Adolescente (Cap. III, Art. 7, 8 y 9)
Los padres deberán llenar un documento de autorización de viaje del menor, con
los datos de ambos padres, datos del menor y de la persona que lo acompaña si es
el caso y los datos del boleto aéreo (línea aérea, fecha de viaje, vuelo, hora)
y posteriormente insertarlo en los Libros que lleva la Sección Consular, para
ser mostrado a las autoridades competentes en los aeropuertos.
TIEMPO DE ENTREGA: 48 HORAS
Requisitos
• Partida de nacimiento del menor
• C.I. y pasaporte de los padres
• Pasaje o ticket electrónico
OTORGAMIENTO DE PODERES:
• Poder Especial: presentar en la Sección Consular el texto según los
requerimientos del usuario listo para ser transcripto en el Libro de Poderes
consulares y cancelar en el Banco Santander los derechos consulares
correspondientes.
• Poder General: presentar en la Sección Consular el texto según los
requerimientos del usuario listo para ser transcripto en el Libro de Poderes
consulares y cancelar en el Banco Santander los derechos consulares
correspondientes.
TIEMPO DE ENTREGA: 72 HORAS
FE DE VIDA
Este documento es solicitado por las ciudadanas y ciudadanos venezolanos para el
tramitar y cobro de pensiones en Venezuela y para efectuar trámites de remesas
al exterior con CADIVI.
TIEMPO: 24 HORAS
Requisitos
• Cédula de identidad venezolana laminada, vigente o no.
REGISTROS CONSULARES PARA CADIVI
Este documento es solicitado por las ciudadanas y ciudadanos venezolanos para
tramitar el cobro de pensiones en Venezuela o para efectuar trámites de remesas
al exterior con CADIVI.
TIEMPO: 24 HORAS
Requisitos para Estudiantes
• Pasaporte y cédula venezolana
• Pasaporte y cedula uruguaya
• Constancia de estudios, legalizada por el Ministerio de Educación y el
Ministerio de Relaciones Exteriores.
• Constancia elaborada por un Escribano donde se especifique los gastos
mensuales del estudiante, legalizado en la Suprema Corte de Justicia y el
Ministerio de Relaciones Exteriores. Requisitos para Jubilados Y Pensionados
• Pasaporte y cédula venezolana
• Pasaporte y cedula uruguaya
• Gaceta Oficial (en el caso de ser venezolano por naturalización)
• Certificado de Residencia, legalizada por el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
• Constancia de la Institución de la cual es jubilado o pensionista
• Constancia de cobro de la jubilación o pensión
PARTIDAS DE MATRIMONIO
Atendiendo a las funciones notariales de los Consulados y Secciones Consulares,
las partidas de matrimonio de venezolanos en el exterior y la de ciudadanos
extranjeros que vayan a surtir efectos en Venezuela, son legalizadas por los
Cónsules y Encargados (as) Consulares. No están facultados para celebrar actos
matrimoniales.
TIEMPO: 24 HORAS
Requisitos
• Partida de matrimonio legalizada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores
de Uruguay
• Depósito de los aranceles correspondientes.
PARTIDAS DE DEFUNCIÓN
Los Consulados y Secciones Consulares en el exterior no están facultados para
expedir partidas de defunción, solamente para legalizar las firmas de las
autoridades del país que expidieron el documento.
TIEMPO: 24 HORAS
Requisitos
• Partida de defunción legalizada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de
Uruguay
• Depósito de los aranceles correspondientes.
CERTIFICADOS DE USO
Los Certificados de Uso se otorgan a los ciudadanos(as) que requieren trasladar
tanto su equipaje personal o sus vehículos a territorio venezolano. La
liberación de gravámenes aduaneros aplicable al equipaje de pasajeros se
justifica plenamente, en la medida en que los bienes que ingresan al país
carecen de una finalidad comercial. Se considera equipaje, a los efectos
personales de los transeúntes, cualesquiera que sean: nacional, residente,
turista, tripulante o visitante fronterizo y que los ingresa, bien sea como
equipaje acompañado o no acompañado. Se entienden por efectos personales, todos
los artículos nuevos o usados que un viajero puede razonablemente necesitar para
su uso personal en el transcurso del viaje, teniendo en cuenta todas las
circunstancias del viaje, con exclusión de cualquier mercancía importada o
exportada con fines comerciales.
TIEMPO: 72 HORAS
VEHÍCULOS
Con respecto a la introducción de vehículos al país, se realizan las siguientes
consideraciones: La Resolución del Ministerio de Hacienda Nº 924, regula la
introducción de los vehículos bajo el régimen de equipaje. Este régimen permite
la importación de vehículos automóviles usados para el transporte de personas
pertenecientes a aquellos nacionales o residentes, que regresen al país después
de un tiempo determinado, durante el cual han estado residenciados temporalmente
en el exterior. Se podrá introducir un solo vehículo (sin restricciones de marca
y modelo).
Requisitos
• Ser nacional venezolano, residente o portar visa de transeúnte
• Ser mayor de edad y haber permanecido en el exterior por un período no menor
de un (1) año.
• El vehículo debe ser propiedad y de uso personal del pasajero, debiendo estar
amparado por patente o certificado original de registro expedido a su nombre por
la autoridad competente en el país de procedencia del vehículo. Dicho
certificado debe ser expedido con no menos de once (11) meses antes del ingreso
del pasajero al país.
• Incluir factura original de la compra autenticado por el país
• Pago de los aranceles correspondientes
MENAJE DE CASA
Se considera Menaje de casa a las prendas de vestir, artículos de aseo y los
demás artículos que tienen manifiestamente carácter personal (muebles y
artefactos de uso y economía domésticos) propiedad de los transeúntes, y usado
en el exterior, durante un tiempo no menor de seis (6) meses.
Requisitos
• Ser nacional venezolano, residente o portar visa de transeúnte
• Ser mayor de edad y haber permanecido en el exterior por un período no menor
de un (1) año.
• Lista de los enseres entregada por la empresa que realizará la transportación
del equipaje por cuadriplicado
• Pago de los aranceles correspondientes
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